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martes, 13 de agosto de 2013
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200 Años de la creación del Juzgado de Primera Instancia de Guía
(13 de Agosto de 1813 – 13 de Agosto de 2013)

guia_juzgadoSergio Aguiar Castellano

El bicentenario de la creación del Partido Judicial de Guía y por tanto del Juzgado de Primera Instancia de Guía de Gran Canaria, debido al acuerdo tomado por  la Junta Provincial  de Canarias el día 13 de agosto de 1813 , no está exento de polémica por la posible desaparición del mismo, como consecuencia de los nuevos planes que el Ministerio de Justicia tiene para la Administración de Justicia en Canarias.

No obstante, nada nuevo es para este Partido Judicial, que a lo largo de los 200 años transcurridos, se ha visto implicado en muchísimos embrollos y cambios políticos, tan característicos en la Historia de España, además de haber sido el epicentro del “pleito Guía versus  Gáldar”, (tanto monta, monta tanto). Pleito que, a pesar de los 200 años trascurridos, de vez en cuando sale a relucir con evidente falta de rigor histórico.

01El paroxismo de este pleito llegó en 1986 cuando se coloca una placa en el Teatro Viejo de Gáldar con datos absolutamente erróneos, como queda demostrado en el presente estudio, pues Fernando VII en ningún momento firmó una Real Orden de creación el Juzgado de Primera Instancia de Gáldar; asunto que se retoma en el programa de las fiestas galdenses de 2001 donde se inserta un artículo bajo el título de “180 Aniversario de la creación del Partido Judicial de Gáldar” , y  en el que nuevamente se  insiste en que en el año 1821 Fernando VII por Real Orden de 26 de marzo creó el Juzgado de Primera Instancia de Gáldar [1]. Documento que se puede visualizar pinchando en este enlace.

En este estudio aportamos copia de esa Real Orden inscrita en el libro correspondiente de órdenes, que nos ha sido facilitada por el Archivo del Congreso de los Diputados de España, en la que el lector podrá comprobar que en ningún momento se crea el Juzgado de Gáldar, antes al contrario, se ratifica el que ya existía en Guía desde 1813.

RED_01Aportamos a este breve estudio, para aquellas personas que quieran profundizar en todo el proceso, una transcripción del expediente completo que se encuentra en el Archivo Municipal de Guía, que comienza en 1833 y concluye en 1844. Se trata de 149 hojas cosidas manuscritas, y que aporta copias de los documentos de un proceso en el que por lo que se evidencia Guía contó con el apoyo de los municipios de Agaete, La Aldea de San Nicolás, Tejeda, Artenara, Mogán y Moya. Así mismo ofrecemos diversa documentación sobre los Reales Decretos relacionados con los Juzgados de Primera Instancia de  Guía y Gáldar.

 

Constitucionalismo

En la primera mitad del siglo XIX se sucede la larga transición del Antiguo Régimen al liberalismo. Serán las Cortes de Cádiz la institución que determine con sus disposiciones el fin del Antiguo Régimen y el comienzo del régimen constitucional en España.

Con la Real Orden de 26 de mayo de 1812 de las citadas Cortes se implantan los ayuntamientos constitucionales. Previamente, el 24 de diciembre de 1810, se habían creado los distritos electorales, y en Gran Canaria se designan tres: Las Palmas, Telde y Guía. El poder judicial no estuvo ajeno a los grandes cambios que supuso  las Cortes de Cádiz, y de esta forma el 9 de octubre de 1812, se publica el Decreto por el cual se establecía el “Reglamento de las Audiencias y Juzgados de Primera Instancia”:

«Capítulo II. De los Jueces Letrados de Partido

ART. II. En la Península é Islas adyacentes formarán los partidos proporcionalmente iguales, con tal que no bajen de cinco mil vecinos, teniendo presente la mayor inmediación y comodidad de los pueblos para acudir a que se les administre justicia, y haciendo cabeza de partido el que  por su localidad, vecindario, proporciones y demás circunstancias sea más a propósito para ello.

III. En ultramar harán también distribución proporcionada de partidos, atendiendo a que no podrá dejar de haber Juez letrado de primera instancia en un territorio que llegue a cinco mil vecinos»[2].

1813: Creación del Juzgado de Guía

Como bien indica el historiador Germán Jiménez Martell en sus estudios sobre el Partido Judicial de Telde[3], «[…] la primera disposición para delimitar la distribución provisional de partidos judiciales y establecimiento de juzgados de primera instancia es la Orden de 2 de mayo de 1813. Aplicando esta norma, la Diputación Provincial desde el 7 de julio inicia la elaboración de un plan de división que emite a la Audiencia Territorial. Este plan se ultima el 13 de agosto, estableciéndose un partido por las islas de Lanzarote, Fuerteventura, Hierro y Gomera con capitales en Teguise, Betancuria, Valverde y San Sebastián; dos partidos en La Palma, el primero en la Ciudad y el segundo con Los Llanos; Gran Canaria con tres partidos siendo Las Palmas, Telde y Guía sus cabezas, y finalmente Tenerife con cuatro partidos; Santa Cruz, La Laguna, La Orotava y Daute […]»[4].

En las actas de la Junta Provincial de Canarias[5], en el acuerdo tomado con fecha de 13 de agosto de 1813 con respecto a los Partidos Judiciales en la isla de Gran Canaria (Canaria) consta lo siguiente:

«La de Canaria tendrá tres Partidos que serán los de la Ciudad de Las Palmas, Telde y Guía de que serán cabezas los expresados Pueblos; teniendo bajo su jurisdicción los que al margen se nombran».

 

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Acta de la Junta donde se indica la creación del Partido de Guía (Archivo Histórico Provincial de Santa Cruz de Tenerife).

Pero el cambio político y social que experimentaba España con las Cortes de Cádiz se fue totalmente al traste con la llegada de Fernando VII en 1814, viéndose afectados los cambios que se pretendían introducir en la administración de Justicia, quedándose prácticamente todo paralizado, y no será hasta en 1821, como veremos a continuación, cuando se vuelvan a retomar los cambios que se pretendían en España, para reimplantar el sistema liberal.

1821: Se ratifica el Juzgado de Guía

La cuestión de los partidos judiciales de Canarias se retomó en el segundo periodo constitucional,  denominado Trienio liberal o Trienio Constitucional (1820-1823), cuando por Real Decreto de 26 de marzo de 1821, las Cortes en el expediente de la división de partidos de la provincia de Canarias acuerda:

«[…] En la isla de la Gran Canaria la ciudad de Las Palmas, la Ciudad de Telde, en cuyo partido quedan comprendidos los Cortijos de Ginámar, las Goteras y Hoya de Niebla, y el pueblo de Guía, a cuyo Juzgado de 1ª Instancia se agrega el pueblo de Moya […]»[6].

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Archivo del Congreso de los Diputados. Real Orden de  26 de marzo de 1821.

RED_04Pero una vez más, con la llegada activa de Fernando VII en octubre de 1823 y su mando absoluto comienzan de nuevo los cambios políticos y sociales en el país, de vuelta otra vez al absolutismo monárquico. Al frente del Ministerio de Justicia se coloca el ministro más representativo de la reacción  absolutista, Francisco Tadeo Calomarde; su servilismo palaciego y su crueldad hacia los liberales y otros perseguidos políticos motivaron que su época de gobierno haya sido designada en la Historia de España con el calificativo de  «la ominosa década de Calomarde», lo que lleva consigo  que, al frente de Audiencias y autoridades provinciales, se coloque a los acólitos más recalcitrantes y absolutistas.

 

Mapa del Partido Judicial de Guía en el siglo XIX[7]

 

Como ha señalado el Catedrático de Historia Moderna de la ULPGC, don Vicente J. Suárez Grimón  <<[…] En 1831 ante las noticias de que por real orden se había determinado dividir la isla en tres partidos con un juzgado de primera instancia y de que el rey iba a decidir cuál de los pueblos del partido del Norte debe ser cabeza del mismo, los “ayuntamiento reales” de Agaete , Aldea, Artenara, Guía, Mogán y Moya acordaron y dieron poderes a los agentes de negocios de Madrid para que pidiesen al rey y Consejo que,  como hasta el presente se ha tenido por tal a Guía, en dicha villa debe continuar […]>>[8].

La nueva división de partidos judiciales se dilata en el tiempo, pero la presencia de elementos  absolutistas en la Audiencia  de Canarias ocasiona que cuando se pretende implantar  una nueva ley de división territorial por fin en 1833,  informe negativamente contra Guía. Y lo hace por haber sido esta  Cabeza de Partido en los dos periodos constitucionales anteriores, y cuna de uno de los más significativos representantes del liberalismo constitucional, el canónigo Gordillo, desterrado por aquel entonces, sutilmente,  a La Habana[9]. A tal efecto, el Decreto de 30 de noviembre de 1833, establece en Canarias once partidos judiciales; dos de ellos en Gran Canaria: el de Las Palmas y el de Gáldar; pero en 1834 los partidos judiciales se reducen a seis[10].

1834: Se crea el Juzgado de Gáldar

Por el Real Decreto de 21 de abril de 1834 (Fernando VII había fallecido en septiembre de 1833), se establece una nueva división de  partidos judiciales,  sustrayendo a Guía de la cabecera del partido judicial, condición  que venía ostentando desde 1813, y eligiendo a Gáldar como tal. Esta acción produce el consiguiente malestar de  los habitantes no sólo de Guía, sino del resto de los pueblos que estaban bajo su jurisdicción (Agaete, Artenara, Mogán Moya, La Aldea de San Nicolás y Tejeda), cuyos ayuntamientos apoyan a Guía en su reivindicación, por medio de acuerdos plenarios en diferentes fechas. Como ya vimos lo habían hecho en 1831, haciéndolo nuevamente en 1841, cuando todos juntos solicitan a la Regente, María Cristina, el restablecimiento en Guía del Juzgado de Primera Instancia cambiado  por el decreto de 1834 (ver apéndice documental transcrito de la documentación existente en el Archivo Municipal de Guía).

1843:EL JUZGADO VUELVE A GUÍA

De esta manera y bajo el apoyo de los municipios de este Partido Judicial,  desde ese año Guía no dejó de reivindicar lo que entendía eran sus derechos históricos. Y lo consiguió cuando el día 4 de agosto de 1843 la Junta Permanente del Gobierno de Gran Canaria acordó trasladar el Juzgado de Primera Instancia a Guía, por entender que:

«[…] el establecimiento del Juzgado de primera instancia de dicha Villa (Gáldar) se debió al funesto influjo del Tribunal de la Audiencia en tiempo del absolutismo, fundado principalmente en que el expresado pueblo estaba identificado con este ominoso sistema, y que las tendencias de la Villa de Guía eran al Gobierno liberal […]»[11].

RED_05Todo ello ocurrió en el contexto del pronunciamiento militar moderado de ese año y  de fondo el Pleito Insular con la división provincial, cuando las "fuerzas vivas" de Guía, aprovechan la nueva coyuntura política que surge al crearse la Junta de Las Palmas, con independencia de la Diputación Provincial con sede en  Santa Cruz de Tenerife, a la que apoya Gáldar. De esta manera el 5 de agosto de 1843 Guía recupera los derechos de sede de Partido Judicial que había tenido entre 1813 y 1834.

No obstante en el año 1854 Gáldar solicita de nuevo el traslado del Juzgado, pero le es denegado por el Ministerio de Gracia y Justicia, con el informe previo en contra de la Diputación Provincial de Canarias y el apoyo a Guía del resto de los municipios del cantón del norte, entonces  Agaete, Artenara, Moya, Mogán, Tejeda  y la Aldea de San Nicolás[12]. Al respecto en el Boletín Oficial de Canarias de fecha 29 de junio de 1855 se publica:

<<<EI Sr. Ministro de la Gobernación dice con esta fecha al de Gracia y Justicia, lo que sigue.== «He dado cuenta á la Reina (q. D. g.)  de las solicitudes de los pueblos de Agaete, Artenara, Moya, Mogan, Tejeda y Aldea de San Nicolás, dirigidas por la Diputación Provincial de Canarias al Ministerio del digno cargo de V. E., y cursadas por el mismo á este de la Gobernación en 8 de Mayo último, en que dichos pueblos piden que no se altere la capitalidad del Juzgado de Guía, según lo tiene gestionado, la villa de Galdar; y S. M., visto lo informado por la Diputación, y considerando que este informe puede suplir al que por Real orden de 5 de Diciembre de 1854 se le tenía pedido, y que los pueblos recurrentes son todos los que con los dos contendientes componen el partido; se ha servido resolver mandando que no se haga alteración en lo existente y permanezca en Guía la capitalidad del partido judicial.» De Real orden comunicada por el espresado Sr. Ministro lo traslado á V. S. para su inteligencia y efectos correspondientes.» Lo que he dispuesto se inserte en el Boletín oficial para conocimiento de quien corresponda y á los fines que haya lugar. Santa Cruz de Tenerife 21 de Jumo de 1855 ==Pedro García Arredondo[13].

RED_06Al ser la Villa de Guía otra vez cabeza del Partido Judicial del Norte, se convierte de nuevo en sede del Distrito Electoral, lo que le supuso obtener un destacado papel desde entonces en la vida política de Gran Canaria en la segunda mitad del siglo XIX, pues un diputado a Cortes es elegido por su distrito. El Partido Liberal de Gran Canaria tendrá una fuerte presencia en Guía, no en vano en multitud de ocasiones, Fernando de León y Castillo, marqués del Muni, fue diputado por el Distrito Electoral de Guía de Gran Canaria, gracias a su influencia Guía obtiene el título de ciudad en 1871, además de convertirse en uno de los primeros municipios en contar con el servicio de telégrafo, concretamente a partir de 1885. La Villa de Guía, que tenía Escribanía Pública desde el siglo XVI, a partir de 1862 con la Nueva Ley del Notariado, pasa a ser sede de la Notaría del Partido Judicial. Y desde 1866 cuenta con el Registro de la Propiedad, así como con la Oficina Liquidadora de Impuestos sobre derechos reales y transmisiones patrimoniales, posteriormente Administración de Hacienda.

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Placa de mármol del Juzgado cuando estuvo ubicado en el edificio propiedad de la Comunidad de El Palmital, hoy de Regantes del Norte de Gran Canaria en la calle Pérez Galdós.

PASADO, PRESENTE, FUTURO

Como se ha podido constatar en este estudio, las vicisitudes del Partido Judicial de Guía desde el acuerdo tomado el 13 de agosto de 1813 por la Junta de Canarias hasta el presente agosto de 2013, han sido muchas y diversas, no exentas de polémicas y pleitos.

En la actualidad el Partido Judicial de Guía está formado por tres Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción radicados en Guía de Gran Canaria y un Juzgado de lo Social en Gáldar.

El futuro de este Partido Judicial formado en la actualidad por los municipios de AGAETE, GALDAR, MOYA, LA ALDEA DE SAN NICOLAS DE TOLENTINO y  SANTA MARÍA DE GUÍA, al cumplirse los 200 años de la creación del primer Juzgado de 1ª Instancia en 1813, es verdaderamente incierto, veremos que deciden los representantes públicos. Toda una incógnita para los ciudadanos de la comarca norte de Gran Canaria.

pdf Puedes descargar el trabajo completo con su anexo fotográfico en este enlace.

También puedes ver el trabajo completo en formato libro digital en este enlace. 

FUENTE: INFONORTEDIGITAL.COM
Modificado el ( jueves, 12 de diciembre de 2013 )
 


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