LOS BIENES PATRIMONIALES DEL
DCTOR. D. GREGORIO CHIL Y NARANJO EN EL MUNICIPIO DE GUÍA
Por ALEJANDRO C. MORENO y MARRERO
Sabíamos
de oídas que el Dctor. D. Gregorio Chil y Naranjo (Telde 1831 – Las Palmas de
Gran Canaria 1901) poseía diversos bienes patrimoniales en nuestro municipio de
Guía; sin embargo, por unas u otras circunstancias, lo cierto es que -hasta
ahora- nunca habíamos podido hablar del asunto con demasiada exactitud. Por
este motivo, dado que siempre fue algo que nos llamó poderosamente la atención,
a continuación ofreceremos algunos testimonios documentales que hemos hallado sobre
el tema y que -naturalmente- nos permitirán conocer en profundidad todo ello.
Así, el
“Diario de Las Palmas”, en su edición del sábado 24 de abril de 1915, decía lo
siguiente:
“El día tres de
Mayo a las cinco de la tarde tendrá lugar en el estudio de Notario de esta
ciudad Don Agustín Delgado y ante la Junta testamentaria nombrada por el Doctor
D. Gregorio Chil y Naranjo, la subasta de la finca rústica denominada Tarazona,
con su agua, estanque y demás accesorios, situada en el término municipal de
Guía, la cual finca fue del referido Doctor don Gregorio Chil y pertenece hoy a
la sociedad El Museo Canario, subasta que habrá de celebrarse con arreglo al pliego
de condiciones que se halla en la Notaría a disposición de los licitadores. Las
pujas se harán a la llana, durante el plazo máximo de una hora”.
Nuevamente el
“Diario de Las Palmas”, en su edición del miércoles 25 de mayo de 1921, expresa:
“Don Emilio Valle y Gracia, Alcalde
de Las Palmas y Presidente de la
Junta testamentaria del doctor D.
Gregorio Chil y Naranjo, hago saber
que venciendo el 30 de Junio próximo el contrato de arrendamiento de la finca
rústica con el agua que tiene para su riego y demás accesorios, denominada Tarazona, situada en el término
municipal de Guía y perteneciente hoy a la sociedad Museo Canario, la Junta testamentaria de mi presidencia ha
acordado, cumpliendo lo que dispone el doctor Chil y Naranjo en su testamento,
celebrar nuevo contrato de arriendo de dicha finca mediante subasta pública que
tendrá lugar el viernes 10 de Junio del corriente año en la Notaría de D. Luís Suárez
Quesada a las once de la mañana. Las condiciones más importantes del contrato serán
las siguientes: El plazo de arrendamiento durará seis años; el hilo de la
subasta será de 15.000 ptas y el pago de la renta habrá de hacerse por semestres
anticipados. Para tomar parte en la subasta será necesario depositar en la
Notaría del Sr. Suárez Quesada una cantidad equivalente al diez por ciento de un semestre de renta. El pliego de condición
se halla de manifiesto en la indicada notaría”.
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