GUÍA DE
GRAN CANARIA Y LA GUÍA DEL PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO DE GRAN CANARIA:
CRÓNICA DE UN DESENCUENTRO
Por
Sergio Aguiar Castellano y Javier Estévez Domínguez*
Decía el filósofo y
escritor francés Jean Paul Sartre que “incluso el pasado puede
modificarse; los historiadores no paran de demostrarlo”. Esta
introducción viene a colación por el paupérrimo y lamentable capítulo
escrito sobre el Conjunto Histórico de Guía de Gran Canaria en la
recientemente publicada por el Cabildo “Guía
del Patrimonio Arquitectónico de Gran Canaria”. El calificativo de
lamentable no es gratuito ni arbitrario. Es triste (y asombroso) que
Doctores en Historia del Arte, con tesis escritas sobre centros históricos y
arquitectos que proyectan sus conocimientos en nuestra universidad cometan
en una publicación errores e inexactitudes tan garrafales y vergonzosos, más
propios de estudiantes de bachiller que de la categoría intelectual y
académica de la que presumen.
El sentido de esta misiva no es otro que el de exponer a la luz pública, y
gracias a este medio, todos los “deslices” cometidos por el equipo redactor
de la Guía de Patrimonio Arquitectónico de Gran Canaria en el apartado
dedicado a Guía de Gran Canaria. No es agradable para nosotros someter a
escarnio público este trabajo, pero dado las grandes posibilidades de
divulgación que presenta la obra, hemos estimado oportuno publicar nosotros
estas inexactitudes para que valoren ustedes, lectores, la verdadera
dimensión de estas atrocidades cometidas para con nuestra historia y
patrimonio.
Hay una máxima para la investigación histórica (y para todas las ciencias,
en general y válida para la vida misma) que obliga en las pesquisas y su
posterior publicación a la referencia continua de las fuentes consultadas y
a la objetividad de los datos expuestos. Pues bien, este axioma científico
universal se lo pasa por el ignominioso arco del triunfo el equipo redactor.
Hay graves errores de ubicación de nuestros bienes inmuebles. Por ejemplo,
la Casa de los Quintana la sitúan en el frente principal de la Plaza Grande,
cuando este bellísimo ejemplo de arquitectura señorial se encuentra fuera de
este recinto. Colocan bajo la advocación de San Francisco la ermita de Santa
Catalina de Siena (hoy Teatro Viejo), confundiendo advocación con la labor
educativa e instructiva que llevaron a cabo los franciscanos en el antiguo
hospicio (hoy Casa de la Cultura). Continúa este despropósito con la
nominación de inmuebles tan conocidos, con nombres que nadie conoce, como
por ejemplo la referida en la publicación como “Casa de las Artesanías”,
denominando así a la original ermita y vivienda de San Antonio. ¿De dónde
demonios sacaron tal designación?; ¿cómo se pueden cometer estos errores de
bulto por investigadores que se les supone tan grande prestigio?
El paroxismo de esta desafortunada publicación se alcanza cuando se afirma
categóricamente que “…en el siglo XIX, en 1821 se crea el Partido
Judicial de Gáldar con demarcación en la mitad occidental de la isla”.
Sinceramente, creemos que ya está bien de marear la perdiz. ¡Cuánto se ha
hablado y escrito sobre la ubicación primigenia del primer Partido Judicial
que tuvo la comarca! Y algunos, ciegos y sordos ante los hechos históricos
irrefutables, parecen no querer ni aprender ni asumirlos. Ahora mismo
tenemos ante nosotros, ¡oh casualidad!, una fotocopia compulsada procedente
del “Libro de Registro de Órdenes” del Archivo del Congreso de los Diputados
en la que se puede leer como el Real Decreto de 26 de marzo de 1821 donde se
crean los Partidos Judiciales de la provincia de Canarias, dice lo
siguiente: “...en la isla de la Gran Canaria, la ciudad de Las Palmas, la
ciudad de Telde en cuyo partido quedan comprendidos los cortijos de Ginamar,
las Goteras y Hoya de Niebla y el pueblo de Guía, a cuyo Juzgado de 1ª
instancia se agrega el pueblo de Moya...”. Quien quiera corroborar o
leer esta Real Orden, se encuentra a su disposición en la biblioteca pública
de Santa María de Guía. Entonces, ante este hecho incuestionable, ¿cómo es
posible que afirmen categóricamente en la publicación, y por dos veces y sin
el menor atisbo de dudas, que en 1821 se creó el Partido Judicial de
Gáldar?. ¿Será Gáldar una errata de Guía?, ¿será una confusión de fechas?,
pues por muchos es sabido que el Partido Judicial sólo estuvo en la entonces
villa galdense de 1834 a 1843. Estamos entonces, o bien ante un claro
ejemplo de lo que no se debe de hacer en la investigación histórica, esto
es, afirmar categóricamente algo sin haber consultado y cotejado las fuentes
antes, o bien ante el empecinamiento de alguien que no se atreve a aceptar
hechos objetivos de la historia, algo que entonces, es inasumible e
inaceptable en este tipo de publicaciones. ¿Se imaginan ustedes que
aprovechando una publicación del Ministerio de Cultura, alguien afirmara
categóricamente algo así como que el 12 de octubre de 1492 Colón arribó a
las costas de…África?. En 1821 se creó el Partido Judicial de Guía y
sanseacabó. Dejemos de una vez a la perdiz en paz.
Es evidente que nadie está libre en esta vida de decir estupideces. Lo malo,
es decirlas con énfasis, y lo peor, es aprovechar plataformas que generan
tanta expectación como esta tan esperada Guía de nuestro Patrimonio
Arquitectónico. No sabemos por qué pero se nos viene a la cabeza aquella
célebre frase que dijo una vez Albert Einstein: “Hay dos cosas infinitas:
el Universo y la estupidez humana. Y del Universo no estoy seguro”.
Todos somos conscientes de que en este tipo de publicaciones no se puede
narrar todo lo que se debería. Es por esto que se debe realizar un gran
esfuerzo para resumir e introducir al lector, en unas líneas, en aquellos
aspectos históricos que expliquen objetivamente las características del
patrimonio arquitectónico y urbanístico que a continuación se presentará.
Bajo esta premisa, ¿por qué introducir el episodio nada trascendente en la
historia de Guía, y menos aún para explicar su patrimonio arquitectónico,
del apresamiento del lusitano Diego da Silva y la posterior intervención del
guanarteme gracias a la cual fue conocido por "el Bueno"?. Es como si
nosotros, para explicar El Partenón nos refiriésemos al contubernio que
mantuvieron Cleopatra y Julio César. ¿Por qué mezclar churras con merinas?
No se menciona para nada la perfecta adaptación del nuevo asentamiento a la
adversa topografía previa, originando con ello un núcleo urbano bastante
singular. No se cita, por ejemplo, la coexistencia de una poderosa burguesía
agraria y militar (Guía fue sede de un Regimiento militar desde el siglo XVI
hasta el XX) que dejó un legado arquitectónico insólito y numeroso. Su
configuración como centro económico comarcal, en un principio, y
administrativo con posterioridad, influyó notablemente en su realidad
arquitectónica, en sus inmuebles, tipologías, ubicación, etcétera. Nada de
nada. ¿Por qué?, ¿por qué?. Silencio por respuesta.
¿Sabían ustedes que en esta publicación nace un nueva denominación de
quesos?. Ahora, a nuestro rico patrimonio gastronómico, al Queso de Flor de
Guía, hay que añadir el denominado Queso de los Altos de Guía, que miren
ustedes por donde, tiene gran similitud con unos quesos producidos en un
área geográficamente cercana. Freud tenía tanta razón: nuestro díscolo
subconsciente no para de jugárnosla.
Los abajo firmantes ya hemos contactado con el Departamento de Patrimonio
Histórico del Cabildo Insular en aras de corregir estos errores y con el fin
de que cuando salga una segunda edición de esta Guía, lo haga con rigor y
justicia histórica. No pedimos más. Con este escrito no buscamos alimentar
un viejo pleito comarcal, el cual no lo sentimos pero que tenemos serias
dudas de padecerlo. El norte debe superar estas desavenencias históricas. Se
lo merece.
La única duda razonable que nos queda es la de si estos errores de bulto se
producen también en otros municipios.
28 de Enero de 2006
*Sergio Aguiar Castellano es Licenciado en Filología Hispánica,
Especialista Universitario en Archivística y Archivero Bibliotecario de
Santa María de Guía.
*Javier Estévez Domínguez es Licenciado en Geografía y Técnico de la
Agencia de Desarrollo Local
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