jueves, 08 de julio de 2010
EDITORIAL
UNA BUENA OPORTUNIDAD PARA SAN FELIPE

Una propuesta de ordenación es buena no sólo cuando permite la conservación de las funciones ecológicas y culturales del territorio que pretende ordenar sino también cuando responde y mejora las expectativas sociales y económicas que se proyectan sobre él. En este sentido, los diferentes instrumentos de ordenación (Plan Territorial Especial de Campos de Golf y Plan Territorial Parcial de Ordenación del Litoral del Norte) que proponen los futuros usos del suelo que se podrán proyectar sobre la plataforma litoral de San Felipe, permiten cumplir las premisas anunciadas al inicio de esta reflexión: conservación ambiental y desarrollo social y económico.

Actualmente, la unidad territorial de San Felipe - que abarca la franja litoral, el barrio y la histórica zona agrícola, configurada por los llanos traseros al barrio y los bancales que ascienden hasta la GC-291 (Cuesta de Silva)- se caracteriza por la presencia de una fuerte problemática ambiental y una atonía socioeconómica que se hace patente en la degradación del paisaje edificado y el abandono del espacio agrícola. A día de hoy no hay más de veinte personas (entre agricultores y otras actividades económicas, fundamentalmente restaurantes) cuya residencia laboral sea el espacio geográfico de San Felipe, según datos aportados por la Seguridad Social. Es, a todas luces, una pobre tarjeta de presentación para una zona con un enorme potencial en la creación de empleo, sobre todo si tenemos en cuenta que se puede crear un puesto de trabajo estable e indefinido por cada 10.000 metros cuadrados de actividad agrícola, siempre y cuando se pudiese potenciar los usos actuales.

El abandono agrario, provocado por la ausencia de cultivos rentables tras el declive de la platanera y la especulación urbanística que buscó convertir este espacio en suelo edificado destinado exclusivamente a promociones privadas (hasta unas 500 viviendas llegaron a proyectarse) han deteriorado uno de los paisajes más emblemáticos que tenía el norte de Gran Canaria.

De este modo, la aprobación definitiva de estos instrumentos de ordenación permitirán las siguientes actuaciones dentro del ámbito territorial de San Felipe:

Reserva de suelo urbanizable.

Ubicado en la trasera de la iglesia de San Felipe y colindante con el actual suelo urbano, está destinado a acoger a los vecinos afectados por la aplicación de la Ley de Costas. La reserva de suelo urbanizable para reubicar las casas que se encuentran a menos de 20 metros de la costa o directamente dentro de la línea de pleamar, garantiza a los propietarios la posibilidad de trasladar sus viviendas hacia el interior y negociar unas justas indemnizaciones con la demarcación de Costas.

Instalación de un campo de golf

El planeamiento recoge la posibilidad de instalar un campo de golf, mediante iniciativa privada, de 18 hoyos para lo que se requiere una superficie que tenga entre 50 y 60 hectáreas. Si bien es cierto que la práctica del golf requiere una superficie de suelo considerable y un recurso escaso como es el agua, y que utilizará el mismo soporte territorial donde se desarrollaron cultivos agrícolas, su construcción puede ( y debe) mejorar el valor medioambiental de los terrenos ocupados. Para ello es preciso que la concepción, construcción y mantenimiento del campo se ajuste a premisas y prácticas que deben estar claramente reflejadas en un riguroso estudio de impacto ambiental, se adopten las medidas correctoras oportunas y, sobre todo, se instale un sistema de gestión ambiental coherente y transparente.

Sin embargo, no ofrece dudas que la construcción de un campo de golf en esta unidad territorial, de topografía plana, colindante con el mar y perfectamente visible a través de la GC-2 desde donde se obtiene la mejor panorámica de este espacio, comporta una transformación estética radical al reavivar un paisaje actualmente degradado y sin definición aparente.

Aparte de las consideraciones ambientales, un campo de golf es generador de impactos sociales y económicos positivos, especialmente en la creación de empleo. La construcción de un equipamiento de estas dimensiones genera unos 30 puestos de trabajo directos, mientras que para su mantenimiento se crean entre 35 y 40 puestos de trabajo directos.

Implantación turística: el hotel

Las Directrices de Ordenación del Turismo, a través de su artículo 14, permiten a los campos de golf contar con equipamientos turísticos alojativos, que tendrán siempre carácter complementario, es decir, que junto al campo de golf se podrá instalar y asociado a él un complejo hotelero. La tipología hotelera la define el Plan Insular en su artículo 220, fijando para la costa norte de la isla hoteles deportivos de categoría no inferior a 4 estrellas y con un mínimo de 200 habitaciones y un máximo de 400. Por su parte, el Plan General de Ordenación de Guía, ya apunta la ubicación ideal del mismo, al fijar su localización en las cadenas de cultivo, fuera de la superficie plana e integrado perfectamente en el paisaje escalonado del entorno, al introducir normas que controlan la superficie y volumen del mismo.

Si bien es cierto que el campo de golf por si solo no genera un incremento considerable del empleo, los beneficios económicos directos e indirectos que aporta la industria turística asociada, en el momento de pleno rendimiento para un hotel de estas características, son muy importantes ya que ascienden a 1.6 puestos de trabajo directos e indirectos por habitación, lo que arrojaría una potencial mínimo de 320 puestos de trabajo. Mientras que en su fase de construcción los empleos directos generados estarían entorno a unos 80 efectivos.

Modificado el ( sábado, 24 de julio de 2010 )